TODO SON ERRORES OLVIDOS FALLOS .... QUE PUEDEN DAR AL TRASTE UNA INVESTIGACION JUDICIAL.
GARCIA CASTELLON Y TSUNAMI....
Y AHORA
La advertencia de detención "era una plantilla"
Mientras tanto, este martes se conocía una citación para que Begoña Gómez acudiese en persona a la declaración de Barrabés desde el hospital que iba a ser seguida desde una sala de vistas de los juzgados de Plaza de Castilla de Madrid. En dicho escrito firmado por la Letrada de la Administración de Justicia de Peinado se hacía la siguiente advertencia: "Le apercibo que tiene la obligación de comparecer y que, de no hacerlo, ni alegar causa justa que se lo impida, podrá convertirse esta citación en orden de detención".
Fuentes jurídicas consultadas por LD aseguran que se habría producido un error al elaborar la citación de Begoña Gómez porque "se había empleado una plantilla" utilizada en otros procedimientos. En cualquier caso, ni es obligatorio que la esposa de Pedro Sánchez tuviese que acudir personalmente a la declaración de Barrabés". De hecho, el artículo 449 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establece que "la ausencia de la persona investigada debidamente citada no impedirá la práctica de la prueba preconstituida, si bien su defensa letrada, en todo caso, deberá estar presente. En caso de incomparecencia injustificada del defensor de la persona investigada o cuando haya razones de urgencia para proceder inmediatamente, el acto se sustanciará con el abogado de oficio expresamente designado al efecto". LIBERTAD DIGITAL 10.07.24
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